El aborto en Colombia
El 20 de junio del 2001, la Corte Constitucional de Colombia declaró que en caso de violación sexual, inseminación artificial e implantación de óvulo fecundado sin autorización de la mujer, el aborto no debe ser penalizado.
Antes de esto, Colombia poseía una de las legislaciones más restrictivas en el tema junto a la de Chile y El Salvador, ya que el aborto era considerado un delito sin importar la razón que lo motivara.
La Iglesia Católica, en representación de monseñor Alberto Giraldo, se pronunció contra esta decisión argumentado que "el ser humano debe ser respetado y tratado como persona desde el instante de su concepción y, por eso, se le debe tutelar el derecho a la vida".
Para las organizaciones de derechos sexuales, esto no es, sin embargo, sino una pequeña victoria.